Ir al contenido
Blockchain Arbitration & Commerce Society
  • Sobre BACS
    • ¿Qué es BACS?
    • Asociados
    • Dirección y corte de arbitraje
  • BACSIT
  • Academy
  • Servicios
    • Noticias
    • Sello de calidad
    • Reclamaciones cripto
    • Networking
    • Formación
    • Eventos
  • Únete a BACS
  •   Acceso
  • Sobre BACS
    • ¿Qué es BACS?
    • Asociados
    • Dirección y corte de arbitraje
  • BACSIT
  • Academy
  • Servicios
    • Noticias
    • Sello de calidad
    • Reclamaciones cripto
    • Networking
    • Formación
    • Eventos
  • Únete a BACS
  •   Acceso
Contacto
Inicio » Noticias » Ley 6/2023 de los mercados de valores de los servicios de inversión

Autor

  • Juan Pablo Pérez
    Juan Pablo Pérez

    Pasante en Blockchain Arbitration & Commerce Society
    Estudiante de Derecho en la Universidad Javeriana en Bogotá, Colombia
    Egresado de Gritnova Global Campus con un Micro-Degree en Blockchain
    Management y Programación de Contratos Inteligentes

Autor

Picture of Juan Pablo Pérez

Juan Pablo Pérez

Pasante en Blockchain Arbitration & Commerce Society
Estudiante de Derecho en la Universidad Javeriana en Bogotá, Colombia
Egresado de Gritnova Global Campus con un Micro-Degree en Blockchain
Management y Programación de Contratos Inteligentes
Inicio » Noticias » Ley 6/2023 de los mercados de valores de los servicios de inversión
29 de marzo de 2023

Ley 6/2023 de los mercados de valores de los servicios de inversión

comisión de valores cripto ley 6/2023 MiCA

Comparte

Inscríbete en esta actividad

Todos los socios de BACS tienen a su disposición descuentos en eventos y acciones formativas.

Tu nivel es STANDARD y dispones del 10% de descuento

Tu nivel es PREMIUM y dispones del 20% de descuento

Tu nivel es PREMIUM + y dispones del 30% de descuento

Enviar solicitud

El pasado 17 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva Ley que reforma la Ley de Mercado de Valores (Ley 6/2023). Esta Ley se basa en el Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de cripto activos. Regula así una de las áreas de mayor crecimiento e innovación en el sector financiero y tecnológico en los últimos años.

Es fundamental destacar que la regulación adecuada de los cripto activos y la tecnología blockchain es esencial para promover el crecimiento económico y la innovación sostenible en el sector financiero y tecnológico, España está dando un importante paso adelante.

 Los siguientes numerales destacan las medidas de mayor impacto mediante la promulgación de la presente ley:

  1. La entidad encargada del TRD (tecnología de Registro Distribuido) es responsable de la administración y registro de los valores, y todas las transacciones se deben hacer mediante el registro distribuido. La ley 6/2023 permite la representación de acciones, obligaciones, participaciones de fondos de inversión y acciones de sociedades de inversión colectiva mediante sistemas de TRD. Además, se reconocen los certificados emitidos por la entidad encargada del TRD como títulos ejecutivos.
  2. La presente ley nombra a la CNMV como la entidad “competente para la supervisión de la emisión, oferta y admisión a negociación de determinados cripto activos que no sean instrumentos financieros.”[1] Desde este momento la CNMV cuenta con la competencia para regular y sancionar con base en las infracciones dispuestas por la UE en aras de la protección del inversor.
  3. La ley 6/2023 regula lo referente a los “valores negociables”; entendiendo como tales cualquier derecho de contenido patrimonial, cualquiera que sea su denominación” como consecuencia, cualquier monto transferido mediante tecnología de registros distribuidos (TRD) está sujeta bajo la reglamentación de la presente ley.
  4. En materia de publicidad de los cripto activos esta debe reputarse lícita conforme a las normas generales en materia publicitaria. La oferta de cripto activos u otros activos e instrumentos presentados como objeto de inversión deberá ser aprobada por la CNMV. La regulación de publicidad determina que los únicos capacitados para ser oferentes de cripto activos en la UE son las; personas jurídicas establecida en la Unión, personas físicas con residencia en la Unión u otras entidades establecidas o con sede en la Unión y sujetas a los derechos y las obligaciones de la Unión, o organizaciones autónomas descentralizadas. De no corresponder a alguna de estas categorías, la CNMV está en competencia para sancionar cualquier oferta efectuada desde la promulgación de esta ley.
  5. El numeral primero del artículo 32 del informe de la UE por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 dispone que: “Los emisores de fichas referenciadas a activos constituirán y mantendrán en todo momento una reserva de activos para cubrir los créditos de los titulares respecto a las fichas referenciadas a activos en circulación.”2 Esto significa que mediante la promulgación de la presente ley, aquellos emisores de cripto activos deben reservar un valor nominal agregado igual o superior a la suma de los créditos en circulación de cada uno de los titulares de los cripto activos, de esta manera la UE busca mitigar la probabilidad de insolvencia por parte de los emisores.
  6. Asimismo, el artículo 307 de la presente ley dispone que según el informe de la UE (Articulo 67) los proveedores de servicios de cripto activos autorizados para prestar el servicio de custodia y administración de cripto activos por cuenta de terceros deben llevar un registro de posiciones abiertas de cada cliente y establecer una política de custodia para garantizar la seguridad de los cripto activos y los derechos relacionados con ellos. También deben facilitar el ejercicio de los derechos asociados a los cripto activos y registrar cualquier cambio en el registro de posiciones del cliente.
  7. Las fichas de dinero electrónico son aquellos cripto activos que están apegadas a una moneda de curso legal (FIAT), los titulares de estas fichas tienen el derecho de reclamar a favor del emisor en cualquier momento la totalidad de su equivalente en la moneda de curso legal. Sin embargo, los emisores pueden acordar un máximo de dos días hábiles para el pago en efectivo o mediante transferencia. De no acoplarse a dicha normativa la CNMV está facultada a sancionar al emisor.

 

La Ley 6/2023 de los mercados de valores de los servicios de inversión en España representa un importante paso adelante en la regulación de los cripto activos y la tecnología blockchain en el país. Las medidas clave identificadas en esta lista tienen como objetivo garantizar la protección de los inversores y fomentar la innovación en el sector, al mismo tiempo que se establece un marco regulatorio claro y efectivo.

España está dando un importante paso adelante en este sentido, mientras se espera la implementación de MiCA es esencial promover el crecimiento económico y la innovación sostenible en el sector financiero y tecnológico.

 

[1]            Proyecto de Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión 621/000081 España.

  1. Informe sobre la propuesta de reglamento del parlamento europeo y del consejo relativo a Los Mercados de Criptoactivos y por el que se modifica ladirectiva (UE) 2019/1937: A9-0052/2022: Parlamento Europeo (2022) INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 | A9-0052/2022 | Parlamento europeo. Available at: https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0052_ES.html (Accessed: March 24, 2023).

Comparte tus cripto pensamientos

Todos los socios de BACS tienen a su disposición esta sección para compartir sus informes, narrativas y otros pensamientos ligados a su sector profesional y al entorno de la tecnología blockchain.

Si deseas enviar tu publicación, utiliza un email a info@bacsociety.com o utiliza el formulario.

Enviar artículo

Anterior Stablecoins y MICA Siguiente   Contenido y forma del Libro Blanco de Cripto activos

Newsletter

Novedades del sector cripto, regulación internacional, formación y eventos profesionales

Contacto

  • ESPAÑA
  • C/ Antonio Acuña 9, 2º izq. - 28009 Madrid
  • DUBAI
  • Innovation Hub Gate Avenue- South Zone Unit GA-00-SZ-G0-RT-147 DUBAI
  • info@bacsociety.com
  • +34 91 018 29 46
  • Formulario web

Área de comunicación

  • Noticias del sector cripto
  • Eventos y networking
  • Formación blockchain
  • Regulación internacional

Medios sociales

X-twitter Telegram Linkedin Instagram Youtube

© The Blockchain Arbitration. All Rights Reserved 2023

Aviso legal  |  Política de privacidad  |  Política de cookies

Administrar consentimiento de cookies
Nuestro website utiliza cookies que permitirán mejorar tu experiencia como usuario mediante el análisis de tus hábitos de navegación y en cumplimiento de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE).  La información sobre las cookies que usamos es lo que va a garantizar que el usuario pueda tomar su decisión de forma consciente y libre a la hora de prestar su consentimiento o, por el contrario, que no acepte la instalación de cookies en su dispositivo en los términos del artículo 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE).
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}

Tu nivel es STANDARD y dispones del 10% de descuento

Tu nivel es PREMIUM y dispones del 20% de descuento

Utiliza el siguiente formulario para solicitar la inscripción en la actividad. Confirmaremos por email tu inscripción tras comprobar la disponibilidad de plazas disponibles.

Información básica sobre tu protección de datos:

Responsable: Blockchain Arbitration Society (en adelante BACS)

Finalidad: Gestionar tu solicitud de inscripción +info

Derechos: Tienes derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. +info

Información adicional: Puedes aquí consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos

Idioma ES

.

.