El portal web de información jurídica Asuntos Legales de Colombia aborda en uno de sus principales reportaje el arbitraje de los conflictos que puedan generarse no sólo en el ámbito cripto sino en negocios y acciones que emplean herramientas tecnológicas.
Concretamente, ha sido en dos artículos de esta publicación con referencia a la actividad de arbitraje realizada por BAS. La primera de ellas, Blockchain… ¿Y arbitraje?, firmado por José Cano Valencia Abogado Asociado Nieto Abogados
Extraemos algunos de las líneas mas destacadas del texto de opinión publicado el pasado 21 de febrero
Compramos un producto en un perfil de Instagram que nunca llega. Rentamos una casa por Airbnb que resulta ser bastante diferente a la esperada. La plataforma extranjera de crowfunding incumple con el pago de nuestras utilidades como inversionistas. Así como lo hacen los negocios, las controversias se relacionan cada vez más con los desarrollos tecnológicos. ¿Cómo resolverlas? La tecnología blockchain nos puede dar algunas soluciones, sobre todo de la mano con el arbitraje.
…las disputas relacionadas con la blockchain ya están siendo resueltas por arbitraje. A finales de 2021 se profirió el primer laudo arbitral por la Corte de Arbitraje de la Blockchain Arbitration Society, una organización formada por juristas expertos en los sectores de blockchain que busca emitir laudos válidos internacionalmente.
Unas semanas antes, concretamente el 4 de febrero, el mismo medio publicaba el artículo “Ya somos abogados, ahora seamos digitales” firmado por Andres Sarmiento Vargas. Destacamos:
Por su parte, el tribunal arbitral que resuelve la disputa no cuenta con una sede presencial, la identidad, nacionalidad o ubicación de sus miembros es irrelevante y su idoneidad se mide a través de un sistema de consensos, en vez de algunos títulos o experiencia profesional; su remuneración se tasa según la calidad de la decisión, la cual a su vez se calcula a través de un algoritmo basado en teoría de juegos y se hace efectiva también a través de criptomonedas.
Debido a que es imposible conocer la identidad o ubicación del árbitro, este es incorruptible y como su remuneración se basa en la calidad de cada una de sus decisiones, entonces se tiene un mecanismo de resolución de conflictos más coherente, seguro y justo.
Si bien el ejemplo que se tomó como base, fue una compraventa ocurrida en alguno de los metaversos, también podría haberse tomado cualquier caso de la vida real. Y aun cuando el sistema de resolución de conflictos ejemplificado parezca utópico o lejano, estos ya están funcionando en el mundo: Por ejemplo, la Blockchain Arbitration Society emitió su primer laudo el 12 de noviembre del año pasado y con apenas 4 años de operación Kleros, que es un servicio descentralizado de arbitraje y resolución de conflictos, ya cuenta con 1112 disputas bajo conocimiento y con 359 jurados pagos.
Facilitamos los enlaces para una lectura completa.
- https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/jose-cano-valencia-3244124/blockchain-y-arbitraje-3306405
- https://amp.asuntoslegales.com.co/analisis/andres-sarmiento-vargas-3297237/ya-somos-abogados-ahora-seamos-digitales-3297244
Desde Blockchain Arbitration Society agradecemos la difusión de la actividad arbitral de BAS que tiene ámbito internacional y que puede resolver conflictos legales globales a no estar sujeta a ninguna legislación de un territorio delimitado.
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